Instituto Serca | Condiciones de Instituto Serca

Condiciones de Instituto Serca

CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO POR EL ALUMNADO DE INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS ESPECIALIZADOS SERCA. LA ACEPTACIÓN DE LAS MENCIONADAS CONDICIONES SON CONDICIÓN INDESPENSABLE PARA LA MATRICULACIÓN Y SON ACEPTADAS EN EL MOMENTO DE LA MISMA.

CONDICIONES:

  • Instituto SERCA tiene convenio de colaboración con la Universidad Pontificia Comillas (Madrid) en la categoría de cursos docentes, la Universidad Europea Miguel de Cervantes en la categoría del Másteres, y la Universidad San Jorge de Zaragoza en las categorías de Másteres, Doble Título de Máster, Expertos Universitarios y Cursos Profesionales, por el cual determinadas titulaciones son reconocidas por estas universidades a través de Títulos Propios de las mismas.
  • Instituto SERCA es un centro privado de estudios de postgrado que imparte formación on-line exclusivamente.
  • Los materiales de los Programas Formativos estarán disponible en la plataforma virtual durante el tiempo de vigencia de la matrícula, respondiendo la actualización de los contenidos a la fecha de matriculación del alumno.

Condiciones económicas

  • En los caso de pago fraccionado no interviene ninguna entidad de financiación externa y distinta a Instituto SERCA.
  • En el caso de pagos fraccionados, las cuotas se abonarán en mensualidades dentro de los SIETE primeros días del mes.
  • El impago de cualquiera de los pagos o mensualidades dará lugar a la baja inmediata del Programa Formativo, pudiendo Instituto SERCA reclamar el resto de cantidades pendientes de pago. Como excepción, el alumnado podrá aplazar alguna de las mensualidades previa autorización por parte de Instituto SERCA.
  • Si por obligación Instituto SERCA presenta una demanda de reclamación de las cantidades impagadas o pendientes de pago por el alumno, todos los gastos extrajudiciales así como las costas judiciales que se devengan en dicho procedimiento, incluidos los honorarios del letrado y procurador, serán íntegramente satisfechos por el alumno/a.
  • Una vez matriculado el alumno/a y enviadas sus claves de acceso al Campus Virtual, dispondrá de un tiempo máximo de un mes para iniciar el estudio y enviar el primer módulo del programa formativo. En caso contrario, Instituto Serca, procederá a la baja inmediata del estudio del programa y no tendrá derecho a la devolución económica por tener acceso libre a todos los materiales del programa.
  • Una vez matriculado el alumno/a en cualquiera de los Programas Formativos impartidos por Instituto SERCA, dicho alumno/a dispondrá de tres días naturales, desde el envío de las claves de acceso al Campus Virtual, para causar baja voluntaria en el Programa Formativo en el que se encuentre matriculado/a, teniendo derecho únicamente a la devolución del 50% del pago realizado, bien sea pago único o fraccionado. Una vez pasados los tres días de plazo desde el envío de la claves de acceso al Campus Virtual de Instituto SERCA, el alumnado no tendrá derecho a ningún tipo de devolución económica, independientemente de los pagos realizados hasta la fecha, pudiendo Instituto SERCA reclamar el abono completo del importe correspondiente a la matriculación en cuestión.
  • En el caso, de que Instituto SERCA se viera obligado a dar de baja a cualquier alumno/a por impago, el alumnado dispondrá de dos meses (a contar a partir del día 1 del mes no abonado) para abonar una tasa de 100 Euros en concepto de re-matriculación. Paso ese plazo será dado de baja de manera definitiva.

Plazos de realización de los programas formativos y condiciones de los mismos:

  • La duración para la realización de los Programas Formativos impartidos por Instituto SERCA, serán:
  1. Título de Máster: Doce meses desde el momento de la matriculación, con posibilidad de ampliación de tres meses más, previa autorización de Instituto SERCA.
  2. Doble Título de Máster: Dieciocho meses desde el momento de la matriculación, con posibilidad de ampliación de tres meses más, previa autorización de Instituto SERCA.
  3. Expertos Universitarios: Seis meses desde el momento de la matriculación, con posibilidad de ampliación de un mes más, previa autorización de Instituto SERCA.
  4. Cursos Profesionales: Seis meses desde el momento de la matriculación.
  5. Cursos Docentes: Seis meses desde el momento de la matriculación.
  • Si el alumno/a superara los plazos indicados en el apartado anterior sin concluir de manera plena el/los Programas Formativos en los que se encontrara matriculado, causará baja de Instituto SERCA, pudiendo retomar su formación los treinta días inmediatamente posteriores a la baja del Campus Virtual, previo pago de una tasa por reposición administrativa por el importe de 100 Euros. Una vez pasados los treinta días posteriores a la baja del alumno/a, si no se ha solicitado nueva alta y realizado el pago correspondiente, el alumno/a decaerá de todo derecho de realización del Programa Formativo correspondientes y no tendrá derecho a la devolución de ningún importe, teniendo que iniciar los pagos y formalizar la matrícula de nuevo para poder cursar el Programa Formativo en el que estuviera o estuviese interesado. Al abonar la tasa de 100 euros, el alumno/a dispondrá de seis meses de tiempo en el caso de los Másteres y Dobles Másteres y de tres meses de tiempo en el caso de los Expertos Universitarios.
  • Cuando el alumno/a paraliza el Máster voluntariamente dispone de dos meses para su reanudación. A partir de ahí debe retomar sus pagos y realización del Máster en el mes establecido, de otra forma se considerará impago y causará baja. Teniendo que abonar la cantidad de 100 euros para retomar su actividad académica y continuar con sus plazos.

Plazos de presentación de entrega de trabajos

  • El alumnado enviará los supuestos prácticos y/o cuestiones correspondientes al Programa Formativo para que sean corregidos por los docentes y remitidos los resultados con las correcciones oportunas y propuestas de mejora. El presente proceso se llevará a cabo mediante correo electrónico, vía telefónica, o mediante los mecanismos del propio Campus Virtual, cuya guía de funcionamiento se entregará al alumno/a en el momento de formalizar la matrícula.
  • Los docentes del Programa Formativo dispondrán de un plazo de tiempo determinado (siete días laborales en condiciones normales) para aportar los resultados de la evaluación al alumno/a.

Condiciones de becas de Instituto Serca

  • Instituto Serca contempla un Programa Sistemático de becas, que consistirá únicamente en la aplicación de descuentos sobre el precio total de los programas formativos. En ningún caso Instituto Serca proporcionará al alumnado y/o solicitantes de las becas ningún tipo de asignación económica directa en metálico.
  • Una vez haya sido aceptada la solicitud de beca y notificado al alumno/a mediante correo electrónico o vía telefónica, el interesado deberá enviar el formulario de matrícula y efectuar el primer pago en un plazo máximo de 72 horas, de lo contrario perderá la adjudicación de la beca.
  • En el caso de recibir más solicitudes que becas disponibles hubiera, Instituto Serca se reserva el derecho de adjudicarlas en función del criterio de su Comisión de Becas, priorizando la motivación personal, la documentación acreditativa aportada por el interesado/a y el orden en la recepción en las solicitudes.
  • Instituto Serca se reserva el derecho al establecimiento de determinados condicionantes para la adjudicación de las becas-descuento en base a unos criterios seleccionados libremente y diseñados de manera totalmente autónoma.
  • Instituto Serca se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, si así lo estima, cualquier documento que el/la solicitante de beca se atribuyera para la concesión de la misma.
  • Los porcentajes de descuento correspondientes a las becas son establecidos estrictamente por Instituto Serca.
  • Los porcentajes de descuento de las becas pueden variar en función de la promoción establecida por Instituto Serca, y el alumno/a únicamente podrá beneficiarse del porcentaje establecido en el momento de su matriculación, siendo imposible su modificación o adscripción a promociones posteriores para el mismo programa formativo.

Condiciones de prácticas

  • El número de horas relativas a la realización de prácticas son totalmente externas a las horas y créditos reflejados en la titulación, pudiéndose establecer un número de horas determinado, a convenir directamente entre el alumno/a y el centro receptor, horas que Instituto Serca posteriormente, tras las debidas comprobaciones certificará.
  • Destacamos el carácter voluntario y libre de la realización de las prácticas del alumno/a anteriormente mencionada.
  • Las prácticas realizadas por los alumnos/as no serán evaluadas de manera cuantitativa, la certificación hará referencia a la realización de las mismas.
  • La duración de las prácticas, al ser realizadas de forma voluntaria, quedarán establecidas entre el alumno/a y el centro receptor de prácticas, así como las tareas a desarrollar. Estos datos serán facilitados a Instituto Serca para la expedición del certificado al alumno/a.
  • El alumno/a propondrá a Instituto Serca el Centro o Institución donde tiene la posibilidad de realizar prácticas, proporcionándole los datos de contacto con el Centro o persona indicada para la certificación de la realización de las mismas.
  • La iniciativa de contacto con los Centros receptores de prácticas será competencia exclusiva del alumno/a, para que Instituto Serca contacte con dicho centro posteriormente.
  • Instituto Serca no seleccionará en ningún caso de manera autónoma centros para la realización de prácticas por parte del alumnado.
  • La certificación de prácticas por parte de Instituto Serca son totalmente ajenas y externas a la Universidad que expide la titulación del Programa Formativo cursado.
  • Instituto Serca se reserva el derecho a la no expedición de la certificación de realización de prácticas, en caso de que el centro receptor del alumno/a indique la no adecuada realización de las mismas.
  • En ningún caso, las prácticas certificadas por Instituto Serca supondrán ningún tipo de remuneración económica ni ningún tipo de compromiso de contratación del alumno/a independientemente de los acuerdos a los que pueda llegar el centro receptor del alumno/a con este último.